Bono social Eléctrico
Introducción
Te dejamos con una guía sobre el bono social eléctrico,que es, quien puede acceder, criterios para poder optar al mismo, el proceso….
¿Qué es el bono social eléctrico?
El concepto de bono social eléctrico fue instituido hace mucho tiempo por el gobierno nacional, con la finalidad de ayudar económicamente a la población más vulnerable, cuyos ingresos monetarios anuales son limitados.
En el Presupuesto Anual General del Estado se han incluido estas ayudas financieras de gran importancia.
Los consumidores que efectúan la solicitud son evaluados a profundidad con el objetivo de determinar si califican para recibir una rebaja porcentual en el precio señalado en su respectiva factura.
Variaciones en el nuevo bono social eléctrico
En el pasado mes de octubre de 2018 se emitió el Real Decreto-ley número 15/2018 con ciertas modificaciones en relación al acceso a dicho bono.
A continuación te presentamos los cambios más significativos:
- Incremento del 15% en los límites de consumo, aquellos kWh que no se utilicen se adicionan a los sucesivos 12 meses.
- Imposibilidad de realizar cortes de luz a beneficiarios del bono, si en el núcleo familiar hay algún miembro menor de 16 años, dependientes reconocidos grados II y III y personas con discapacidad certificadas por el servicio social facultado para tal fin.
- Las comercializadoras están forzadas a notificarte en sus facturas que es indispensable adecuarse a las tarifas reguladas para poder realizar la solicitud del bono.
- Prohibición de captar clientes a puerta fría.
- Las facturas son presentadas de manera legible, tamaño de letra acorde.
- Ninguna clase de servicios se incluirán en las facturas eléctricas, solo los relacionados al precio propio de la energía consumida con los peajes e impuestos correspondientes.
- Los beneficiarios de este bono disponen de hasta 4 meses para amortizar, una vez que han recibido la notificación de retraso.
Bono térmico
Con la vigencia de este decreto es posible acceder al bono social térmico, esta modalidad está contemplada en el programa de indemnizaciones del Estado y es compatible con otros beneficios.
en una ayuda para equilibrar los gastos por el uso doméstico de calefacción y agua caliente. Está clasificado en función a las condiciones climáticas de la zona de residencia de cada solicitante. La cuantía de la ayuda oscila entre 25 y 124 euros más o menos.
El beneficio está destinado a todos aquellos que reciban el bono social eléctrico en el ejercicio fiscal anterior (al 31 de diciembre) y consta de una retribución única anual.
Para obtenerlo no es necesario que realices ninguna clase de trámite ya que automáticamente es procesado y depositado en la cuenta bancaria que has domiciliado para el cobro de la factura eléctrica.
Proceso de transición
En el momento en que se oficializó el decreto antes mencionado, un considerable número de usuarios perdieron el anterior beneficio que los amparaba.
De inmediato, se vieron en la forzosa necesidad de gestionar sus respectivas solicitudes, ajustadas a los nuevos requerimientos.
En caso de que no lo hayas tramitado aún, te sugerimos que acudas a tu compañía de luz con la finalidad de que te asesoren y a la brevedad posible lo recibas.
Población bajo la premisa de vulnerabilidad
Para acceder a este beneficio debemos saber que no todo el mundo entra en la categoría de vulnerabilidad. En España existe un Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) que ha sido empleado de modo referencial para otorgar los beneficios monetarios a quién los necesite.
Para que obtengas el apoyo financiero es preciso que te acojas al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC), es decir, que hayas suscrito un contrato eléctrico con las comercializadoras oficiales de acuerdo a las tarifas reguladas del precio de la luz que han sido estipuladas por el Gobierno y que no asciendan a más de 10kW.
Otro aspecto indispensable que tenemos que tener presente, es que este apoyo financiero está destinado solo al suministro eléctrico que recibes en tu lugar de habitación, no está disponible para usos lucrativos o afines.
Te recomendamos que revises los criterios que te señalaremos a continuación para que puedas determinar si eres candidato.
Clientes vulnerables
Se refiere a consumidores que reciben descuentos de 25% en sus facturas. En este renglón se incluyen todos los pensionistas del Seguro Social con asignación mínima sea por incapacidad permanente o jubilación, y los que tengan el título de familia numerosa, cuyo trámite haces con anticipación, y como su nombre lo indica, el número de miembros con algunas otras condiciones específicas aplican para obtenerlo.
Los ingresos totales recibidos dentro de cada núcleo familiar durante 1 año que corresponda a 14 pagas, estarán sujetos a los siguientes límites:
- Grupo familiar sin menores de edad con rentas de 11.279 euros.
- Grupo familiar con 1 menor de edad con rentas de 15.039 euros.
- Grupo familiar con 2 menores de edad con rentas de 15.039 euros.
Cabe destacar que la presencia de miembros con discapacidades certificadas iguales o superiores al 33%, víctimas de violencia de género o de terrorismo, familias monoparentales y personas con dependencias prescritas grados II y III, incrementan los límites señalados en un margen de 0,5 puntos.
Clientes vulnerables severos
Las deducciones en las facturas para este tipo de consumidores ascienden al 40%, tras demostrar que tu situación financiera es más precaria que la de los clientes vulnerables.
En tal sentido, cumplen con los requisitos que te referimos en seguida:
- Los pensionados del sistema de seguridad social con rentas anuales de 7.520 euros.
- Familias numerosas con rentas anuales de 15.039 euros.
- Grupo familiar sin menores de edad con rentas anuales de 5.640 euros.
- Grupo familiar con 1 menor de edad con rentas anuales de 7.520 euros.
- Grupo familiar con 2 menores de edad con rentas anuales de 9.340 euros.
Las condiciones exclusivas mencionadas en el segmento anterior también son consideradas en igual proporción en este apartado.
En peligro de ser excluidos del sistema social
Aquellos que reciben el descuento del 40% como consumidores vulnerables severos y que también se les dificulta el acceso a la participación social, económica y cultural en la sociedad, forman parte de esta categoría.
Esta población carece de recursos para integrarse correctamente, bien sea por la ausencia de empleo, problemas de legalidad u otras limitaciones respecto a su incorporación en los sistemas educativos, de salud, tecnológicos y otros.
En estos casos particulares, el servicio social interviene significativamente y asume el desembolso del 50? la factura eléctrica, esto significa que el beneficiario queda libre de deuda.
Ten en cuenta que para este grupo de personas es inadmisible que cualquier comercializadora suspenda el suministro por no estar al día con la factura.
Margen de consumo anual
El otorgamiento de descuentos depende de los consumos anualizados de cada uno de los usuarios, sea que reciban el bono social como clientes vulnerables por 25%, vulnerables severos por 40% o en riesgo de exclusión por 50% y libres de deuda.
De tal manera, que estarán sometidos a estos criterios:
- Pensionistas con asignación mínima con gasto anual de 1.932 kWh.
- Familias numerosas con gasto anual de 4.140 kWh.
- Grupo familiar sin menores de edad con gasto anual de 1.380 kWh.
- Grupo familiar con 1 menor de edad con gasto anual de 1.932 kWh.
- Grupo familiar con 2 menores de edad con gasto anual de 2.346 kWh.
Proceso para realizar la solicitud
Es muy sencillo demandar el beneficio de bono social si cumples con los requisitos que te hemos señalado antes. Contacta a tu compañía de energía eléctrica y reúne los documentos que a continuación te indicamos:
- Formato de solicitud refrendado por todos los miembros de la familia con edad superior a 14 años.
- Copia fotostática de DNI o NIE del solicitante y demás integrantes del núcleo familiar.
- Documento certificado que señale el estado civil de cada uno de los individuos de la unidad familiar, sea copia del libro de familia o la hoja individual ante el Registro Civil.
- Carta vigente de empadronamiento de los involucrados.
- En los casos de solicitud de familias numerosas hay que consignar fotocopia del título que lo acredite.
- Si se trata de circunstancias especiales no olvides el certificado de los Servicios Sociales emanado por el órgano gubernamental correspondiente que las acredite.
- Presentación de certificado de imputaciones o la declaración de la renta de cada uno de los sujetos que conforman la unidad familiar, para la posterior comprobación.
Si ya tienes todo esto en tus manos, cuentas con varias opciones para introducirlo:enviarlo vía email, dirigirte a los puntos de atención de tu localidad para consignarlos o remitirlos por correo postal.
En un período no mayor de 15 días recibirás la respuesta en relación a la aprobación de la solicitud o si en su defecto falta algún recaudo o hay algún error en la requisición.
Este beneficio estará vigente por 2 años, una vez cumplidos deberás gestionar la renovación respectiva.
Esperamos haber resuelto todas tus dudas sobre el bono social eléctrico. Si no es así escríbenos un mail, estaremos encantados de ayudarte.