requisitos – plazos
Con el cambio de titular de luz, traspasas la responsabilidad del contrato eléctrico a otra persona. Hay distintas causas o motivos por los que se cambia la titularidad del contrato eléctrico.
Cómo gestionar el cambio, dónde, la documentación a presentar y los plazos son algunas de las respuestas que damos en este post.
Cambio de titularidad del contrato eléctrico – Pasos a seguir
Cuando quieres cambiar la titularidad en un contrato de luz hay varios pasos que tienes que dar:
- Ponerte en contacto con la comercializadora de luz
Si quieres continuar con la misma comercializadora de luz tendrás que ponerte en contacto con ella.
Si por el contrario quieres cambiar comercializadora, puedes tramitar todo el cambio de titularidad con otra compañía directamente.
- Aportar los datos necesarios
En cualquier cambio de titular del recibo de la luz tendrás que aportar unos datos necesariamente:
- Datos del antiguo titular (nombre completo, D.N.I, etc. )
- Datos personales del nuevo titular (nombre, apellidos, D.N.I, C.I.F o pasaporte, ect. )
- El código CUPS del contrato.
- Dirección exacta del punto de suministro.
- El número de cuenta bancaria donde se tienen que domiciliar los recibos.
Hay otra documentación que se debe aportar si además de hacer un cambio de titularidad quieres modificar la potencia contratada, pero como ya te digo, es en este caso puntual:
- La potencia actual contratada.
- Potencia eléctrica que deseas.
- Qué tarifa de luz quieres contratar.
- Boletín Eléctrico que certifique el máximo de potencia eléctrica que se puede contratar en ese inmueble.
¿Cuánto tiempo tarda el cambio de titular de la luz?
Una vez entregada toda la documentación necesaria para realizar el cambio de nombre del recibo de la luz, el tiempo hasta que se hace efectivo ese cambio de titular es de entre 15 y 20 días hábiles.
Hay una última factura que llega a nombre del antiguo titular, con esto se asocia el consumo al que lo ha realizado.
¿El cambio de titularidad tarda lo mismo cuando es una vivienda antigua?
En el caso en el que el CIE (Certificado de Instalaciones Eléctricas) o boletín eléctrico supere los 20 años, lo más probable es que la compañía te pida uno nuevo para cerciorarse de que la instalación eléctrica está en perfecto estado.
Esto aumenta el tiempo que se tarda en gestionar el cambio de titularidad.
¿Cómo renovar el boletín eléctrico? necesitas que un técnico autorizado revise y elabore el certificado pertinente.
¿Tiene algún coste el cambio de titular?
El cambio de titularidad en la compañía de luz en si mismo es gratuito, lo que sí que puede suponer un coste económico es:
- Si a la vez que cambias de titularidad quieres aumentar la potencia contratada.
Eso te va a generar un gasto que es independiente del cambio de titular de contrato.
Comprueba cuánto te cuesta el cambio de potencia contratada.
- Si estás obligado a solicitar un nuevo boletín eléctrico.
Como te hemos comentado, si la vivienda supera los 20 años pueden solicitarte un nuevo boletín eléctrico que te costaría entre 70€ y 350€ más o menos (dependiendo de la comunidad autónoma donde estés).
Si hay una deuda ¿puedo cambiar de titular?
Sí, puedes cambiar el titular del contrato y hay dos supuestos:
- Sin subrogación de deuda:
Realizas el cambio de titularidad sin hacerte cargo de la deuda anterior si puedes demostrar que esa deuda no la has generado.
¿Cómo puedes demostrarlo?
Entregando el contrato de compraventa o de alquiler donde se pueda comprobar que la deuda es anterior a la fecha del contrato.
- Con subrogación de deuda:
Si no puedes demostrar mediante ningún documento que la deuda no la has generado tú, tendrás que hacerte cargo de ella.
Cuándo es necesario cambiar la titularidad del contrato de luz
¿Qué implica la titularidad del contrato de la luz?
La persona que figura como titular en un contrato de luz, es el responsable de ese punto de suministro, de pagar las facturas y es el que asume las posibles deudas que se puedan generar.
Cuando tu cambias el titular de la cuenta estás pasando toda la responsabilidad a otra persona.
El cambio de titular lo puedes hacer por múltiples motivos, pero hay tres supuestos que son necesarios:
- Por alquiler o compraventa del inmueble:
Es aconsejable en ambos casos, así el responsable del suministro pasa a ser el arrendatario o el comprador.
En este caso te van a pedir el contrato de alquiler o la escritura.
Anota la lectura del contador para que no te cobren lo que se ha consumido anteriormente.
- Por fallecimiento:
Esa responsabilidad pasará al heredero/s, tanto del pago como de dar de baja el suministro si lo considera oportuno.
- Por divorcio:
Lo normal es que el cónyuge que se quede en la vivienda familiar asuma la titularidad de los suministros.
¿Puedes cambiar la cuenta bancaria y no la titularidad?
La respuesta es sí. Puedes asumir el coste de la factura de la luz sin que seas el titular del contrato.
¿Cuándo suele hacerse?
Hay muchos propietarios que prefieren no realizar el cambio de titularidad cuando arriendan un inmueble.
Esto qué supone para el arrendatario:
- Que es el titular el que puede cambiar de tarifa y el que puede aumentar o disminuir un cambio de potencia e incluso cambiar de compañía comercializadora.
Si no cambias de titular, no puedes modificar nada de tu contrato de la luz, tampoco cambiar de compañía elléctrica.
- Si hay una deuda, ésta va a recaer sobre el titular del contrato.
El inquilino no tendría, en este caso, ninguna responsabilidad sobre la deuda.